Nuevo Reglamento Metropolitano

Categorías: Actualidad, Autos, México
Escrito por: Luis Fernando

A un día de que se ponga en marcha el Nuevo Reglamento de Tránsito Metropolitano, entra en vigor mañana día 20 de Julio de 2007, nos hemos dado a la tarea de recopilar algunas de las principales infracciones, sus motivos y el costo de las multas.

Aquí puedes bajar en formato PDF el nuevo reglamento de tránsito.

Para leer más al respecto, leer la nota completa.

Technorati Tags: , , , , ,



Capítulo II.
De las normas generales de circulación.

Artículo 5. Obligaciones de los conductores

Multa de cinco salarios mínimos (unos 250 pesos):

* Desobedece los señalamientos de tránsito y las indicaciones de los agentes o personal de apoyo vial.
* Circula en sentido contrario al que indique la vialidad.
* Viola los límites de velocidad establecidos en vías primarias (70 km/h máximo, a menos de que se indique lo contrario) y en vías secundarias (40 km/h máximo).

Multa de 10 salarios mínimos (unos 500 pesos):

Maneja a más de 20 km/h en zonas escolares, peatonales, de hospitales, de asilos, de albergues y casas hogar.

Multa de 10 salarios mínimos (unos 500 pesos) + Remisión de Vehículo:

* Circula sin licencia o permiso vigente.
* No porta la tarjeta de circulación original del vehículo.

Artículo 6. Prohibiciones a los conductores

Multa de cinco salarios mínimos (unos 250 pesos):

* Circula sobre banquetas, camellones, andadores, ciclovías, así como en las vías peatonales.
* Detiene su vehículo invadiendo los pasos peatonales marcados con rayas para cruces de las vías públicas, así como las intersecciones con las vías.
* Circula en reversa más de 50 metros, salvo que no sea posible avanzar.
* Transporta mayor número de personas que el señalado en la tarjeta de circulación.
* Utiliza teléfonos celulares o audífonos mientras conduce.
* Entorpece la marcha de columnas militares, escolares, desfiles cívicos y similares.

Multa de 10 salarios mínimos (unos 500 pesos):

* Realiza maniobras de ascenso o descenso de personas en carriles centrales de las vías.
* Transporta menores de 12 años en los asientos delanteros.
* Transporta personas en la parte exterior de la carrocería.
* Utiliza o instala sistemas antirradares o detector de radares de velocidad.

Multa de 20 salarios mínimos (unos 1000 pesos):

* Da vuelta en “U” cerca de una curva y donde la señalización lo prohíba.
* Ofender, insultar o denigrar a los agentes o personal de apoyo vial.

Multa de 20 salarios mínimos (unos 1000 pesos) + Remisión de Vehículo:

* Circula en carriles de contraflujo y carriles confinados.
* Circula en carriles exclusivos para el transporte público de pasajeros.


Artículo 7.
Los conductores deben acatar los programas ambientales y no circular en vehículos que tengan restricciones, los días y horas correspondientes.

De violar estas disposiciones, uno se hará acreedor a una multa de 20 salarios mínimos (unos 1000 pesos) + Remisión de Vehículo


Artículo 8.
Preferencias de paso en los cruceros

Multa de cinco salarios mínimos (unos 250 pesos):

* No detiene su vehículo o avanza cuando así se lo ordene un agente o los promotores voluntarios de seguridad en los cruceros regulados.
* Invade la línea de “alto” para el cruce de los peatones cuando la luz del semáforo esté en color rojo.
* Se pasa cuando los semáforos se encuentren con luces intermitentes
* No permite el paso para acceder a una vía primaria.
* Obstruye la circulación de calles transversales.
* Desobedece la vuelta a la derecha continua y sin precaución, aún cuando el semáforo se encuentre en rojo.
* No permite el paso a las glorietas dentro de la vía circular
* No detiene totalmente el vehículo frente a la indicación de alto de un semáforo entre las 23:00 y las 5:00 horas del día siguiente.
* No permite el paso del ferrocarril, Metrobús y tren ligero.
* No permite el paso de vehículos cuando circulen con las señales de sonido o luminosas funcionando.


Artículo 9.
Sobre peatones y personas con capacidades diferentes

Multa de 10 salarios mínimos (unos 500 pesos):

* Desobedece la señal del semáforo que dé el paso a peatones.
* No alcanza a cruzar la vía cuando el ciclo del semáforo sí se lo permita.
* Su vehículo va a dar vuelta para entrar a otra vía y hay peatones cruzando ésta.
* Circula sobre el acotamiento y en éste haya peatones transitando aunque no dispongan de zona peatonal.
* No permite el paso de peatones que transitan por la banqueta y tiene que cruzarla para entrar o salir de una cochera o estacionamiento.
* Atenta contra la integridad física de comitivas organizadas o filas escolares.


Artículo 10.
Obligaciones de los peatones

Los peatones sólo serán amonestados verbalmente si:

* No cruza por las vías por las esquinas o zonas marcadas.
* No utiliza los puentes o pasos peatonales a desnivel para cruzar la vía pública dotada para ello.
* No tomar las precauciones necesarias en caso de no existir semáforo.
* Desobedece las indicaciones de los agentes, promotores voluntarios de seguridad vial y las señales de tránsito.


Artículo 11.
Preferencia de paso a los ciclistas

Multa de 10 salarios mínimos (unos 500 pesos):

* Den vuelta a la derecha para entrar a otra vía y haya ciclistas cruzando ésta.
* Circulen o crucen una ciclovía y en ésta haya ciclistas circulando.


Artículo 12.
Lugares de estacionamiento para vehículos

Multa de cinco salarios mínimos (unos 250 pesos) + Remisión de Vehículo:

* Se estaciona vías primarias, donde la señalización no lo permita o doble o más fila.
* Obstruye la visibilidad de señales de tránsito.
* Coloca su vehículo en lugares destinados al estacionamiento momentáneo de vehículos de traslado de valores, en los carriles exclusivos para transporte colectivo de pasajeros o en zonas autorizadas para carga y descarga.
* Pone su auto en accesos y salidas, áreas de circulación y zonas de ascenso y descenso de pasaje en las terminales del Metro.
* Se estaciona sobre las banquetas, camellones, andadores, retornos, isletas u otras vías y espacios reservados a peatones.
* Deja su carro frente a bancos, hidrantes para uso de los bomberos, entradas y salidas de ambulancias y vehículos de emergencia, rampas especiales para personas con capacidades diferentes, fuera de un cajón de estacionamiento u obstruyendo otro, sobre o debajo de cualquier puente o estructura elevada de una vía pública o en el interior de un túnel.
* Se coloca en un tramo menor a 5 metros de la entrada de una estación de bomberos y de vehículos de emergencia; y en un espacio de 25 metros a cada lado del eje de entrada en la acera opuesta a ella. De igual forma en un espacio menor a 10 metros de cualquier cruce ferroviario.


Artículo 13.
Vehículos estacionados en lugares prohibidos

Multa de cinco salarios mínimos (unos 250 pesos) + Inmovilización de Vehículo:

* Se instalan donde haya parquímetros o cualquier otro sistema de medición del tiempo de estacionamiento en la vía pública y que no hayan cubierto la cuota establecida. El vehículo será liberado hasta que se hayan cubierto las sanciones económicas y los derechos por retiro de inmovilizador correspondientes.


Artículo 14.
Prohibiciones en las vías públicas

Multa de cinco salarios mínimos (unos 250 pesos) + Remisión de Vehículo:

* Efectúa reparaciones a vehículos, salvo en casos de emergencia, en vía pública.

Multa de 10 salarios mínimos (unos 500 pesos):

* Coloquen señalamientos o cualquier otro objeto que obstaculicen o afecten la vialidad.
* Arrojen, depositen o abandonen objetos o residuos que entorpezcan la libre circulación o estacionamiento de vehículos.
* Reserven espacios de estacionamiento en vía pública sin autorización.
* Cierren u obstruyan la circulación con vehículos, plumas, rejas o cualquier otro objeto.

Multa de 10 salarios mínimos (unos 500 pesos) + Remisión de Vehículo:

* Abandonen su vehículo en vía pública.

* Los que participen u organicen arrancones serán arrestados de 20 a 36 horas y remisión del vehículo al depósito.


Artículo 15.
Desperfectos de vehículos en vías primarias

Multa de cinco salarios mínimos (unos 250 pesos):

* Cuando al circular en vía primaria se descomponga su vehículo no permitan la circulación y no coloquen los señalamientos de advertencia.


Artículo 16.
Equipamiento de vehículos

Multa de cinco salarios mínimos (unos 250 pesos):

* Olviden Cargar suficiente combustible para el funcionamiento del auto.
* No cuenten con faros delanteros que emitan luz blanca con cambio de intensidad, así como las luces no den destellos intermitentes en casos de emergencia, que indiquen marcha atrás, indicadoras de freno en la parte posterior, que iluminen las placas, cuartos delanteros de luz amarilla y cuartos traseros de luz roja.
* Las llantas no garanticen seguridad o no tienen la de refacción y su herramienta para su cambio.
* No tenga los dos espejos retrovisores, interior y lateral del conductor.
* Falten ambas defensas.
* No existan los cinturones de seguridad.
* Los parabrisas no estén en óptimas condiciones que permitan la visibilidad al interior y exterior del vehículo.
* Falte el dispositivo de Geolocalización o de Georeferenciación Satelital Radioeléctrico o de tecnología similar. (aplica para modelos 2008 en adelante)


Artículo 17.
Documentación de vehículos automotores

Multa de 20 salarios mínimos (unos 1000 pesos) + Remisión de Vehículo:

* Faltan las placas de matrícula o permiso provisional vigentes.
* No se tiene la calcomanía de circulación permanente.
* No existe el holograma de verificación vehicular vigente.


Artículo 18.
Dispositivos diferentes al vehículo

Multa de cinco salarios mínimos (unos 250 pesos):

*Si los vehículos particulares tienen adaptados dispositivos de acoplamiento para tracción de remolques y semirremolques, y el mecanismo giratorio o retráctil rebasa la defensa del mismo.

Artículo 19. Instalación de otros aditamentos

Multa de cinco salarios mínimos (unos 250 pesos):

Los que “adornen” sus carros con:

* Faros deslumbrantes que pongan en riesgo la seguridad de conductores o peatones.
* Luces de neón alrededor de las placas de matrícula.
* Anuncios publicitarios no autorizados.

Multa de cinco salarios mínimos (unos 250 pesos) + Remisión de Vehículo por:

* Colocar cromáticas iguales o similares a las del transporte público de pasajeros matriculados en el DF, vehículos de emergencia o patrullas.
* Usar dispositivos similares a los utilizados por vehículos policiales o de emergencia.

Multa de 10 salarios mínimos (unos 500 pesos) cuando:

* Haya un televisor o pantalla de proyección de cualquier tipo de imágenes en la parte interior delantera del vehículo.
* El vehículo tenga vidrios polarizados, obscurecidos o aditamentos que obstruyan la visibilidad del conductor al interior del vehículo

Estas son las multas principales que aparecen en el nuevo reglamento. Si quieres más información, aquí puedes bajar en formato PDF el nuevo reglamento de tránsito.

Enlace: El Universal

11 Comentarios a “Nuevo Reglamento Metropolitano”

  1. juan gregorioo flores lira Dice:

    quisiera decir no mas que ese reglamento de transito queentra en vigor a partir de mañana no va a servir de nada y unicamente en gordara el bolsillo de los agentes de transito ya que cada quien aplica en reglamento de transito como le parese y tambien quisiera saber como podria uno hacer un reclamo cuando un agente de transito si quiera pasar de listo porque uno no puede decirles nada pero ellos podrian pasarse de listos y que hace uno

  2. jovam Dice:

    QUE DIOS NOS AGARRE CONFESADOS . IMAGINENSE TAN LEJOS DE DIOS Y TAN CERCA DE LOS AGENTES DE TRANSITO

  3. Argelia Dice:

    Esto está para ponerse a rezar, ni modo tyodao en regla no? o asi parece,

  4. arturo Dice:

    pues antes k ada tambien deverian de multarse alos del prd por sus marchas k asen entorpesen la circulacion e invaden calles y asen k el df se vuelva un desmadre primero tienen k empezar por ahi bye

  5. pepe rosas Dice:

    yo pienso k primero deverian de educar alas personas e instruirlas para k sepan deksetrata este reglamento aser calles mas nchas aser mas estacionamientos pork hasta para salir al park ya no se puede pork si no ay donde estacionarse se los lleva la grua y si no tenia dinero para salir ahora por esa salidita hasta ni para comer vamos atener

  6. yazmin mora Dice:

    puesd yo pienso k por una parte esta bien pero por otro lado perjudican amilwes de personas nos estan dejando sin empleos como losk instalan radios ya no ban atener tyrabajo pork ya no puede escuchar el audio a alto volumen los k vendian asccesorios ya no ban avenderr pork alos polis les lastima la lussesitas neonlos k polarizaban menos pork ya nadie ba apolarizar su carro y asi poco apoco se esta acabando el empleo a. pero eso si elgobierno tiene k sacar dinero les vale k uno no tenga i para tragark paso con el dinero del chino ahora no saben donde esta k poca de verdad pero en fin estamos enmexico quieren copiarle a estados unidos pero no le copean tambien los sueldos k ganan aya aver pork

  7. juan Dice:

    chinguen a su madre y mas el reglamento son una bola de mierdas

  8. george Dice:

    los k pasa esk les da envidia pork los pendejo polis nosave manejar tienen las patrullas todas chocadas

  9. jose lucho Dice:

    realmente estamos en el pais de nunca jamas. por muchos reglamentos que se saquen a la luz, ninguno realmente se aplica tal cual deberia de ser, esto es, las autoridades de la ssp, gdf, pgr, pgjdf, etc., son los primeros ca… que violan las regla: circulan sin luces, sin placas (la mayoria), sin verificacion, sin tenencia, sin licencia, sin ma…. eso si, nomas cazan a un manejador distraido o negligente y en lugar de infraccionarlo, se lo atoran con una lana. ademas, con eso de que tanto los “cuicos” preventivos, como los extamarindos (mordelones) asumen la misma funcion, morder en lugar de infraccionar, bueno, los preventivos no tienen porque detener y con el pretexto de x o y asuntos, fastidian al manejador. por lo tanto, para que tanto “pericles” si no hay cab… que no maneje hablando por celular, no hay mujer que este maquillando cuando maneja, hasta algun cabecilla “fajando” y manejando y por ultimo, los chupadores. asi, salvese el que pueda y si Dios lo permite, que cada quien maneje como se le pegue su pinche gana. eso si, cuidense de los pinche policias, de todos modos, si te atoran, te chi…gan.

  10. hvac service hollywood Dice:

    I believe this website holds some real fantastic info for everyone. “The individual will always be a minority. If a man is in a minority of one, we lock him up.” by Oliver Wendell Holmes.

  11. evgen Dice:

    Its like you learn my mind! You appear to understand a lot about this, such as you wrote the ebook in it or something. I feel that you just can do with a few % to force the message house a little bit, however instead of that, that is magnificent blog. An excellent read. I will definitely be back.

Deja tu comentario.

Buscar en 365 Historias

Notas Relevantes.

Enlaces Patrocinados.

Hospedando.Com.Mx

Dalileo.Com

TecnoSilicio


Agridulce.Com.Mx